Pasos para emitir

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Los emisores son aquellas entidades con necesidades de financiamiento que acuden al mercado de capitales para captar recursos financieros y a su vez extienden como comprobantes valores. El mercado de capitales les permite abaratar sus costos  financieros, mejorar sus flujos de caja y para tal fin acuden al mercado de valores.  Dependiendo de las necesidades y requerimientos particulares de cada uno de los emisores, las emisiones pueden dar como resultado la ampliación del capital social de la empresa, es decir emitiendo nuevas acciones ya sea preferidas o comunes; o la contracción de la deuda a través de la emisión de instrumentos de deuda en cualquiera de sus modalidades.

Para realizar una emisión a través de la Bolsa Latinoamericana se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Coordinar los términos y condiciones de la estructuración con el Asesor Financiero.
  2. Completar los requisitos de inscripción en la Bolsa Latinoamericana de Valores. Los cuales puede consultar en el siguiente enlace: Requisitos para la Inscripción de Valores
  3. Obtener la autorización pertinente de la Superintendencia del Mercado de Valores.
  4. Cumplir con los Requisitos de la Central de Custodia de Valores.
  5. Distribución del Prospecto Informativo y anunciar los términos de la oferta al público inversionista a través de medios de comunicación.
  6. Iniciar la colocación en Mercado Primario a través de la Bolsa Latinoamericana de Valores por medio de un Puesto de Bolsa.
  7. Una vez inscrito un valor en la Bolsa Latinoamericana el emisor debe cumplir con los requisitos de divulgación y transparencia conforme la legislación del mercado de valores, y el Reglamento Interno de la Bolsa de Valores Panamá.

Igualmente, se pueden inscribir en la Bolsa Latinoamericana instrumentos previamente emitidos y en circulación, es decir, para realizar mercado secundario a estos instrumentos. Ya sea instrumentos emitidos y negociados en otras bolsas o inscripción en mercado secundario de acciones de empresas.  Dichos instrumentos igualmente deben cumplir con los requisitos indicados en los numerales 2 al 7 antes listados.

Ley del Mercado de Valores

–          Texto Único del Decreto Ley N°1 de 8 de julio de 1999 

–          Ley 66 de 9 de diciembre de 2016

A continuación los Acuerdos y Circulares relacionados con el registro y emisión de valores:


Acuerdo N°8 – 2000

Acuerdo mediante el cual se adoptan las normas aplicables a la forma y contenido de los Estados Financieros y demás información financiera que deban presentar periódicamente a la Superintendencia del Mercado de Valores las personas registradas o sujetas a reportes según el Decreto Ley No. 1 de 8 de julio de 1999.  Ver el Acuerdo N°6-2011, por el cual se modifica el artículo 17.

Acuerdo N°18 – 2000

Se adopta el reporte denominado Informe de Actualización.  Ver modificación en Acuerdo N°3-2008 y en el Acuerdo N°1-2009.

Acuerdo Nº1 – 2003

Acuerdo que fija criterios para el cálculo y aplicación de las Tarifas de Registro y Supervisión que deban pagarse a la Superintendencia del Mercado de Valores y se subrogan los Acuerdos Nº13-2000 de 4 de agosto de 2000, Nº8-2001 de 16 de julio de 2001 y Nº14-2001 de 4 de diciembre de 2001. Ver modificación en Acuerdo No.3-2010

Acuerdo N°4 – 2003

La Superintendencia del Mercado de Valores adopta el Procedimiento para las Presentaciones de solicitudes de registro de modificaciones a términos y condiciones de valores registrados.  Ver modificación en AcuerdoN° 3-2008.

Acuerdo N°8 – 2003

La Superintendencia del Mercado de Valores adopta el procedimiento abreviado de Registro de Valores, ante la Superintendencia del Mercado de Valores, que hayan sido previamente registrados o autorizados para su Oferta Pública, en una Jurisdicción Reconocida.

– Acuerdo Nº12 – 2003

Acuerdo por el cual se recomiendan guías y principios de buen gobierno corporativo por parte de sociedades registradas en la Superintendencia del Mercado de Valores.

Acuerdo N°5 – 2004

Se desarrollan las disposiciones sobre Sociedades de Inv. y Adm. de Inversión. Ver modificaciones en Acuerdo N°9-2006, Acuerdo N° 3-2007, Acuerdo N°1-2008 y Acuerdo N°1-2011.

Acuerdo N°3 – 2008

Se modifica el Acuerdo No.18-2000, el Acuerdo No.4-2003, el Acuerdo No.5-2005  y  se subroga el Acuerdo 10-2005; y se dictan las normas de forma, contenido y plazo para la comunicación de hecho de importancia.

Acuerdo N°2 – 2010

Se deroga el Acuerdo 6/2000 y se adopta el procedimiento para la presentación de solicitudes de registro de valores y de terminación de registro en la Superintendencia del Mercado de Valores.

– Acuerdo N°2 – 2014

Que crea la categoría de Sociedad de Inversión Inmobiliaria

– Acuerdo N°3 – 2017

Que modifica el Acuerdo N°2 – 2010 de 16 de abril de 2010 sobre el Procedimiento para la presentación de solicitudes de registro de valores y de terminación de registro ante la Superintendencia del Mercado de Valores y se dictan otras disposiciones.

– Circular N°4 – 2014

Concerniente al Contenido de los Suplementos a los Prospectos Informativos de Instrumentos de Deuda registrados.


Entidad Regulada y Supervisada por la Superintendencia del Mercado de Valores.
Licencia para operar como Organización Autorregulada mediante Resolución No. CNV-349-90 de 30 de marzo de 1990